Pensión de orfandad con discapacidad del 65%: derechos y beneficios

Hoy os quiero hablar sobre un tema muy importante para aquellas personas que tienen hijos con discapacidad: la pensión de orfandad con discapacidad del 65%.

Sé que puede resultar un tema complicado, pero es necesario conocer los derechos y beneficios que se pueden obtener a través de esta pensión. En este artículo, os explicaré de manera clara y sencilla todo lo que necesitáis saber.

Así que si tú o alguien cercano a ti se encuentra en esta situación, ¡sigue leyendo!

Índice

Orfandad y Discapacidad: ¿Cuánto Cobrar?

Si una persona fallece y deja a sus hijos en situación de orfandad, estos tienen derecho a recibir una pensión de orfandad. Sin embargo, si además el hijo tiene una discapacidad del 65%, el importe de la pensión puede aumentar.

En España, el importe mínimo de la pensión de orfandad es del 20% de la base reguladora del fallecido, pero puede aumentar dependiendo de varios factores, como la edad del hijo y la existencia de una discapacidad.

En el caso de la discapacidad, es necesario que el hijo tenga reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 65%. Si se cumple este requisito, el importe de la pensión de orfandad puede aumentar hasta el 52% de la base reguladora del fallecido. Es decir, una cantidad sustancialmente mayor.

Es importante destacar que este aumento de la pensión no se aplica automáticamente. Los interesados deben solicitarlo expresamente ante la Seguridad Social, presentando la documentación necesaria que acredite la discapacidad del hijo.

La pensión de orfandad con discapacidad del 65% es un derecho que tienen los hijos en situación de orfandad y discapacidad. Deben conocer la existencia de este derecho y exigirlo si es necesario.

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Derechos con 65% discapacidad

Si tienes una discapacidad del 65%, es importante que conozcas tus derechos y beneficios en cuanto a la pensión de orfandad. A continuación, te explicamos algunos aspectos clave:

  • Acceso a la pensión de orfandad: Si eres hijo de un afiliado a la Seguridad Social o beneficiario de una pensión contributiva, tendrás derecho a la pensión de orfandad en caso de fallecimiento de tu progenitor. Además, si tienes una discapacidad igual o superior al 65%, tendrás derecho a una cuantía adicional.
  • Cuantía adicional: Si tienes una discapacidad del 65% o superior, tendrás derecho a un complemento de pensión equivalente al 52% de la base reguladora. Este complemento se incrementará hasta el 70% en caso de que la discapacidad sea del 75% o superior.
  • Compatibilidad con otras prestaciones: La pensión de orfandad con discapacidad del 65% es compatible con otras prestaciones, como la pensión de incapacidad permanente absoluta o la pensión de jubilación por incapacidad.
  • Revisión de la discapacidad: La discapacidad del 65% o superior debe ser reconocida por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). Esta discapacidad será objeto de revisión periódica para comprobar si se mantienen las condiciones que dieron lugar a su reconocimiento.
  • Plazo para solicitar la pensión de orfandad: El plazo para solicitar la pensión de orfandad es de cinco años a partir de la fecha del fallecimiento del progenitor.

Es importante que solicites la pensión en el plazo establecido y que mantengas actualizada tu discapacidad ante la Seguridad Social.

Gracias por llegar hasta aquí. Espero que la información sobre la pensión de orfandad para personas con discapacidad del 65% te haya resultado útil. Aprovecha tus derechos y los beneficios que te corresponden.

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